Organización interna de la Orden
En este aspecto al que se añade su carácter benéfico particular (disposición Real de 27 de Junio de 1.916, en Madrid), hace que aún siendo una, se distingan:
Provincias
Constituidas por Centros y Comunidades. Al frente de cada una de ellas, se encuentra el Hno. Superior Provincial.
Comunidades
Constituidas al menos por tres Hermanos, para el ejercicio de una misión concreta y la participación en la vida fraterna, bajo la guía de un Hno. Superior Local.
Centros Asistenciales
Estructuras en función de una determinada misión asistencial, bajo la dirección del Hno. Superior, y una personal al frente de la Dirección Gerencia como autoridad delegada por el Superior Provincial.
Órganos de Gobierno
La Orden, la Provincia, la Comunidad y el Centro tienen personalidad jurídica propia, representada por su respectivo Superior o Representante. Es competente para el ejercicio de la potestad:
De modo extraordinario:
- Sobre toda la Orden: el Capítulo General.
- Sobre toda la Provincia: el Capítulo Provincial. (Granada, Abril de 2014)
- Sobre la Comunidad: el Capítulo Local.
- Sobre el Centro: el Comité de Dirección, de acuerdo a la competencia delegada por el Superior Provincial.
- En toda la Orden: el Hno. General y su Consejo (4 Hnos.).
- En la Provincia: el Hno. Provincial y su Consejo (4 Hnos.).
- En la Comunidad: el Hno. Superior.
- En el Centro: el Hno. Superior y el Gerente, de acuerdo a la competencia delegada por el Superior Provincial.
- Capítulo General se celebra cada 6 años.
- Capítulo Provincial se celebra cada 4 años.